Declarar y pagar a tiempo es la forma más barata de cumplir con la DGII: casi todas las multas nacen de una fecha que se pasó. En República Dominicana cada impuesto tiene su propio plazo, la mayoría ligados a tres días fijos del mes (el 10, el 15 y el 20) y a unas pocas fechas anuales.
Esta guía reúne las fechas vigentes en 2026, verificadas contra la página oficial de la DGII, y explica los cambios que trajo la Ley 30-26 en recargos, retenciones y facturación electrónica. Al final están las fuentes, para que puedas comprobar cada dato.
Regla del día festivo: según la DGII, si la fecha de presentación cae en un día festivo, el plazo pasa al próximo día laborable. Aun así, no conviene dejarlo para el último día: la Oficina Virtual suele saturarse en las fechas de vencimiento.
Obligaciones mensuales: los días 10, 15 y 20
| Día | Formulario | Qué se declara |
|---|---|---|
| 10 | IR-3 | Retenciones de asalariados (ISR retenido en nómina). |
| 10 | IR-17 | Retenciones y retribuciones complementarias: honorarios, alquileres, pagos al exterior y otras retenciones de ISR a terceros. |
| 15 | 606, 607, 608, 609 | Envío de datos: compras (606), ventas (607), comprobantes anulados (608) y pagos al exterior (609), del mes anterior. |
| 15 | Anticipos | Cuota mensual del anticipo del ISR de las sociedades que lo adeudan (ver más abajo). |
| 20 | IT-1 | ITBIS del mes anterior. Mira nuestra guía de cómo calcular el ITBIS. |
| 20 | SC2, IST, DSS | Selectivo al Consumo, impuesto sobre telecomunicaciones y sobre seguros. |
Un error muy común es creer que los formatos 606 y 607 se envían junto con el ITBIS. No es así: vencen el día 15, cinco días antes que el IT-1. Y como la declaración del ITBIS se prepara con esa misma información, conviene tener los reportes cerrados antes.
Obligaciones anuales
| Obligación | Plazo |
|---|---|
| IR-1 — ISR de personas físicas | 31 de marzo de cada año. |
| IR-2 — ISR de sociedades | 120 días después del cierre del ejercicio fiscal. Si el cierre es el 31 de diciembre, vence el 30 de abril. |
| ACT — Activos imponibles | 120 días después del cierre del ejercicio, igual que el IR-2. |
Anticipos del ISR
Las sociedades que cumplen las condiciones pagan cada mes un anticipo del impuesto sobre la renta, con vencimiento el día 15, en 12 cuotas. En términos generales, se calcula como una doceava parte del impuesto liquidado en la declaración anual anterior (o, si la tasa efectiva de tributación es baja, sobre los ingresos brutos del año previo).
La Ley 30-26 reordena este régimen a partir del ejercicio fiscal 2027: según los análisis publicados, las microempresas quedarían exentas y las pequeñas empresas pasarían de 12 cuotas mensuales a 3 cuotas anuales. Hasta entonces, rige el esquema actual.
Facturación electrónica: las fechas que más afectan en 2026
Si emites comprobantes, hay fechas de transición que importan más que cualquier declaración mensual. Según los avisos de la DGII:
- Grandes Locales y Medianos Contribuyentes: desde el 1 de noviembre de 2026 deben emitir exclusivamente comprobantes fiscales electrónicos (serie E). Los comprobantes tradicionales (serie B) solo son válidos hasta el 31 de octubre de 2026, y después únicamente en situaciones declaradas de emergencia.
- Pequeños, Micro y contribuyentes no clasificados: la fecha original era el 15 de mayo de 2026, pero la DGII otorgó una prórroga de seis meses, hasta el 15 de noviembre de 2026.
Si todavía facturas con la serie B, revisa a qué categoría perteneces y cuál es tu fecha. Repasa los tipos de NCF y sus equivalentes electrónicos y la guía de facturación electrónica.
Qué cambió con la Ley 30-26
La Ley 30-26, promulgada el 18 de junio de 2026, no movió los días de vencimiento (siguen siendo el 10, el 15 y el 20), pero sí cambió cuánto cuesta incumplirlos y algunas retenciones:
- Recargo por mora: pasó del esquema anterior (10% el primer mes y 4% por cada mes adicional) a un recargo de 3% mensual sobre el impuesto adeudado, con un tope acumulado del 100%.
- Interés indemnizatorio: deja de ser una tasa fija administrativa (la que se aplicaba, 1.10% mensual) y pasa a referenciarse a la tasa activa de mercado del Banco Central más 0.30 puntos. Las fuentes consultadas difieren en desde cuándo se aplica (julio de 2026 o enero de 2027), así que confirma con la DGII antes de calcular una regularización.
- Retenciones sobre pagos al exterior: la retención de ISR sobre ciertos pagos a no residentes (licencias de software, regalías, publicidad digital, servicios de datos y almacenamiento en la nube) baja a 15%. Se declara en el IR-17.
- Amnistía tributaria: según los análisis publicados, hasta el 31 de diciembre de 2026 los contribuyentes pueden regularizar deudas pagando el principal y un máximo de un año de recargos e intereses, con opción de plan de pago. Revisa las condiciones exactas en la DGII.
Otros cambios, como la nueva escala del ISR de personas físicas (mínimo exento de RD$480,000), aplican desde el período fiscal 2027.
Consecuencias de presentar o pagar tarde
Además del recargo y el interés, el atraso puede traer sanciones por incumplimiento de deberes formales (por ejemplo, no enviar un formato 606 o 607 a tiempo). Según la regla tradicional del Código Tributario, el recargo se aplica por cada mes o fracción de mes de atraso, así que conviene no cruzar la fecha ni por un día. Confirma con la DGII cómo se computa bajo el régimen nuevo.
Cómo organizarte
- Antes del día 10: cierra la nómina y las retenciones del mes (IR-3 e IR-17).
- Antes del día 15: cuadra tus compras y ventas, y envía los formatos 606, 607 y 608. Verifica los RNC de tus proveedores con nuestra consulta gratuita antes de registrarlos.
- Antes del día 20: presenta y paga el IT-1, ya con los reportes cuadrados.
- Usa recordatorios con 3 a 5 días de anticipación, y activa los de tu calendario para las fechas anuales (31 de marzo, y 120 días tras tu cierre fiscal).
- Mantén al día tu acceso: sin una clave de la Oficina Virtual vigente no puedes declarar ni consultar tu estado.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el día 20 cae en fin de semana?
La DGII indica que cuando la fecha es un día festivo el plazo pasa al próximo día laborable. Para fines de semana, revisa el calendario oficial del año y no asumas: planifica presentar el último día laborable anterior.
¿Declaro aunque no haya tenido ventas ni movimiento?
En general sí: las obligaciones de declarar se mantienen aunque no haya movimiento, y se presentan en cero. Confirma con la DGII si tu caso particular admite alguna excepción.
¿El IR-3 y el IR-17 son lo mismo?
No. El IR-3 es solo para retenciones de salarios; el IR-17 recoge otras retenciones y retribuciones complementarias (honorarios, alquileres, pagos al exterior, etc.). Ambos vencen el día 10.
¿Dónde veo el calendario oficial completo?
La DGII publica el calendario del contribuyente de cada año en su portal. Esta guía resume lo esencial, pero la referencia definitiva siempre es la institución.
Fuentes consultadas
- DGII — Fechas de pago de los impuestos
- DGII — Calendario del contribuyente 2026 (PDF)
- Presidencia / DGII — Emisión exclusiva de facturas electrónicas para Grandes Locales y Medianos
- Alegra — Ley 30-26 en República Dominicana
- Guzmán Ariza — Informe sobre las modificaciones de la Ley 30-26
Importante: esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un contador o abogado tributarista. Las leyes y avisos de la DGII cambian con frecuencia; confirma siempre las fechas y tasas vigentes en el portal oficial antes de tomar decisiones.
¿Necesitas buscar un RNC ahora?
Usa nuestra herramienta gratuita para consultar cualquier RNC, cédula o empresa en la DGII.
Buscar RNC gratis